Micelio
Auto22 de mayo de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Ramírez García Juan Sebastián·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque las razones expuestas por el actor en el escrito de corrección no superaron el requisito de carga argumentativa de claridad, en tanto se insistió en los mismos cuestionamientos formulados inicialmente.

Luego de concluir que no se acreditó la carga argumentativa mínima requerida para emitir un pronunciamiento de fondo, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHZAR la súplica invocada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, el recurso de súplica presentado por Juan Sebastián Ramírez García contra el Auto del 23 de abril de 2025, que rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra de la totalidad de la Ley 2442 de 2024 dentro del expediente D-16.441.
  2. SEGUNDO. RECHAZAR de plano, por improcedente, el señalamiento formulado en el escrito de súplica en cuanto a la recusación contra la magistrada Natalia Ángel Cabo en el expediente D-16.441.
  3. TERCERO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR esta decisión al recurrente, indicándole que contra la misma no procede recurso alguno.
  4. CUARTO. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.